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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302022
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2252
DEVOLUCION DEL OBJETO DEL DELITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2252
El Juez de Distrito obró conforme a derecho, al sostener que como el quejoso no había justificado el desposeimiento que alegaba, del objeto del delito, que se había asegurado, y la cuestión de su propiedad no es para ventilarse en el juicio de amparo, es ante las autoridades del orden común, donde debió ejercitar sus derechos, para recuperar dicho objeto.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6259/46.Vizcaíno Gilberto E. 20 de septiembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.