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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2292
NOTIFICACIONES, EFECTOS DE LAS, EN EL INCIDENTE DE REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2292
Mientras no se declare la nulidad de una notificación, ella tiene que surtir los efectos legales correspondientes y no es en el juicio de garantías donde, al estatuir sobre la oportunidad de la demanda, pueda tratarse esa cuestión, que deberá resolverse, si se estima procedente, por los medios que señale la ley procesal aplicable al caso.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5418/44. Sindicato Patronal de la Línea de Villa Obregón y Anexas. 22 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.