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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302052
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2401
AUTO DE FORMAL PRISION, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2401
Es improcedente el juicio de garantías respecto del acto consistente en el auto formal de prisión, atento lo dispuesto por el artículo 73, fracción XIII, de la Ley de Amparo, si contra ese auto se hizo valer un medio de defensa que pudo anularlo, consistente en la promoción del incidente de libertad por desvanecimiento de datos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2551/47. Dorantes Rodríguez, Juana Felícitas. 24 de septiembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.