Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/302055
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2446
AMPARO PENAL PROCEDENTE (LEYES DE EMERGENCIA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2446
Levantada la suspensión de garantías decretada por la guerra, no existe obstáculo legal ni constitucional para que, mediante el juicio de amparo, se estudie la aplicación de las leyes de emergencia, en los casos que se refieren a la libertad o a la vida del quejoso.
Precedentes
Amparo penal directo 2432/46. Valencia Ortiz Sidronio. 27 de septiembre de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente y ponente: José Rebolledo.