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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302058
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2456
DISPARO DE ARMA DE FUEGO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2456
El delito de disparo de arma de fuego no puede coexistir con los delitos de homicidio y lesiones y, por tanto, no debe aplicarse la sanción señalada por la ley para el autor de un disparo de arma de fuego, cuando con éste se hubiese causado un daño en la integridad física de la persona a quien fue dirigido.
Precedentes
Amparo penal directo 3431/48. Molina Alarcón Juan. 27 de septiembre de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Rebolledo y Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.