Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/302061
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302061
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2462
OBJETO DEL DELITO, DEVOLUCION DEL, CUANDO HAY SENTENCIA ABSOLUTORIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2462
Aunque en la sentencia absolutoria dictada en favor del inculpado no pudiera el Juez responsable hacer el análisis legal de los actos que originaron el proceso, a causa de que el Ministerio Público ejercitó erróneamente la acción penal, si cuando el propio Juez resolvió que el ofendido debería ser restituido en el goce de sus derechos como propietario del inmueble objeto del delito, se estableció que tales derechos estaban plenamente probados, esta declaración no puede quedar nulificada por la sola circunstancia de que fue absuelto el acusado, ya que la absolución se debió a error de técnica en que incurrió el Ministerio Público, no a que se hubiera acreditado en la causa que el acusado tenía derecho a ocupar dicho inmueble.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6978/47. Baca Gabaldón Salvador. 27 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.