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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302106
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 668
CONDENA CONDICIONAL, BUENA CONDUCTA PARA LOS EFECTOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 668
Si bien es cierto que la buena conducta no se identifica con la carencia de antecedentes penales, también lo es que sólo acciones moral o socialmente punibles constituyen la mala conducta, y mientras no se prueba la existencia de esta clase de acciones, debe presumirse la probidad de cualquier individuo.
Precedentes
Amparo penal directo 1909/47. Bejarano Bejarano Rafael. 23 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.