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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302126
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 991
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO EN MATERIA PENAL (QUEJA EXTEMPORANEA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 991
La falta de cumplimiento de una ejecutoria de amparo, por exceso o por defecto, abre a los interesados medios de impugnación diversos del juicio de garantías; pero la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia aunque con pleno conocimiento de la técnica conducente, en éstos casos ha entrado al estudio del fondo del amparo, considerándola procedente, tan solo por liberalidad y en atención a que el afectado no podría rectificar su error, por haber concluido el término para interponer el recurso de queja.
Precedentes
Tomo XCVI, página 2476. Indice Alfabético. Amparo directo 8304/47. Preza Timoteo. 30 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Fernando de la Fuente.
Tomo XCVI, página 991. Amparo penal directo 2891/47. Ayala Zamarripa Pedro. 30 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Fernando de la Fuente.