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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302140
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1240
COPARTICIPES DEL DELITO. AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1240
Cuando se trata de coparticipación delictuosa y con respecto de uno de los dos acusados, se estimó legal que se le haya declarado formalmente preso, los mismos datos tenidos en consideración para uno, probarían la presunta responsabilidad del otro; pero cuando se trata de deslindar responsabilidades por conductos diversos y del examen de las circunstancias concurrentes, que debe ser más detenido, resulta que los datos en que se basa la formal prisión de uno de ellos, destruyen las presunciones que pudiera haber en contra del otro indiciado, por estarse tratando de investigar cuál de los dos es el verdadero culpable, por no poderlo ser los dos a la vez; dictando auto de formal prisión en contra de uno de ellos, el que se dicte en contra del otro, es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2727/47. Fajardo Chávez Adán. 12 de mayo de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.