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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302156
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1531
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO(LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL Y COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1531
Si bien es cierto que el aseguramiento del objeto del delito no causa agravio, ya que tiene como finalidad impedir que desaparezca, para evitar que se dificulte la comprobación del delito, también lo es que las disposiciones legales en que se funda (artículos 98 y 100 del Código de Procedimientos Penales en el Estado de Coahuila), no autorizan a la autoridad judicial para secuestrar inmuebles, quitando una posesión legal otorgada a persona que no está inodada como responsable del delito de despojo, para darla a un depositario designado por el juez del proceso, y todavía más, suspender una negociación, impidiendo que continúen sus labores ordinarias, a pretexto de que personas extrañas a esa negociación, cometieron un delito de despojo en una parte de los bienes de la misma; pues tal procedimiento, además de no estar fundado ni motivado, es inconducente para la finalidad que se persigue con el aseguramiento de objetos del delito, en caso de robo, ya que un inmueble no puede ser susceptible de ocultación, y no se está en el caso de peligro de ocultación de sus productos o deterioro, en todo aquello que concierne a la negociación, si el poseedor quejoso es un depositario judicial, designado en un juicio sumario hipotecario, en el que está obligado a rendir cuentas, objetables por toda parte legítima, por cuyas gestiones puede ser removido.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7886/46. Landgrave Mario F. 27 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.