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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302166
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1720
CONFESION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1720
La responsabilidad del reo puede demostrarse con su confesión, aunque después niegue haberla producido, si obran en el proceso elementos bastantes para estimarla como auténtica, dado que todos los indicios y elementos presuntivos que hay en él la corroboran ampliamente, tanto más, si fue producida por él sin coacción ni violencia, sobre hechos propios, y en su contra, con pleno conocimiento, y ante el agente del Ministerio Público que practicó las primeras diligencias.
Precedentes
Amparo penal directo 61/45. Chelios Menchaca Pascual. 16 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.