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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302215
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2208
LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA NEGATIVA DE LA (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2208
Conforme a lo dispuesto en el artículo 370, fracción V, del Código de Procedimientos Penales aplicable, el auto denegatorio de la libertad por desvanecimiento de datos, es apelable en el efecto devolutivo, y al no haberla atacado el reo, ello acarrea la causa de improcedencia prevista en el artículo 73, fracción XIII, de la Ley de Amparo, con cuyo fundamento procede decretarse el sobreseimiento.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7941/47. Villarreal Salvador. 30 de junio de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.