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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302217
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2211
INSPECTORES DE POLICIA, VALOR DE SU DICHO (ARRESTO ADMINISTRATIVO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2211
El simple dicho de un inspector general de policía, de ninguna manera basta para fundar un acuerdo por el que se impone a los quejosos el máximo de la pena que señala un bando de policía.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3059/47. Navarro Ahumada Nicolás y coags. 30 de junio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.