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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302228
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2319
COACUSADOS, VALOR DE SU DICHO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2319
Esta Suprema Corte ha sostenido invariablemente que cuando un coacusado acepta la responsabilidad que se le atribuye en los hechos por los cuales se motiva el proceso, y a la vez señala a personas que tuvieron participación en los actos delictuosos, estos atestados, en vez de estar viciados, constituyen elementos de cargo, con fuerza probatoria en contra de aquellas personas a quienes se señala como copartícipes; y los testimonios de tres coacusados son suficientes para justificar la responsabilidad del reo, en los delitos que se le imputan.
Precedentes
Amparo penal directo 4636/47. Verduzco Ahumada Rosalino y coags. 21 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.