Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/302229
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302229
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 8
ROBO, CUERPO DEL DELITO DE. LEGISLACION DE TABASCO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 8
No es necesario ni imprescindible que los mismos testigos declaren sobre todos los extremos de la fracción V del artículo 147 del Código de Procedimientos Penales aplicable (robo durante una visita domiciliaria), sino que basta, aunque sea por diferentes pruebas, que se satisfagan las exigencias de tal disposición.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6023/46. Jiménez Roque. 3 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.