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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302251
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 176
CAREOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 176
El hecho de que no se hubieran practicado los careos por la imposibilidad de obtener la comparecencia del ofendido y de los testigos de cargo, que declararon en la averiguación previa, no puede acreditar el que se considere que tales declaraciones dejen de tener valor probatorio, si, de cualquier manera, los careos fueron practicados, aunque en forma supletoria.
Precedentes
Amparo penal directo 1500/46. Monroy González Hilario. 9 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.