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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 359
RETRACTACION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 359
Si el reo aduce como agravio, que su posterior declaración, de la que se deduce su imprevisión y la falta de cuidado en que incurrió, le fue arrancada por medios violentos, y que en la misma forma se obligó a declarar a los individuos que tienen el carácter de testigos de cargo, en su contra, por lo que no debe darse valor legal a ninguno de esos atestados, debe decirse que no es admisible este punto de vista si además de que ni siquiera rindió un principio de prueba sobre tales afirmaciones de su parte, ninguno de los precitados testigos de cargo se ha retractado de sus respectivos dichos, que conservan indudablemente, todo su valor legal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6820/47. Cervantes Salas Juan. 15 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.