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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302283
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 365
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 365
Dadas las características especiales del delito de falsificación de documentos, indudablemente que su comprobación hace necesario el uso de prueba pericial, y mientras no aparezcan pruebas de la misma naturaleza, rendidas ya ante el Juzgado instructor, por el acusado o por su defensa, que contradigan los dictámenes periciales aportados en la averiguación previa, serán bastantes tales dictámenes, por sí solos, para estimar plenamente comprobados el delito de falsificación de documentos, atribuído al reo, y su presunta responsabilidad en las ejecución del mismo, si aceptó haber expedido el título de crédito de que se trata, a su propio favor, y haberlo presentado al aceptante, cuya firma es falsa.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2990/47. Gutiérrez del Hoyo Rafael. 15 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.