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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302301
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 540
USURPACION DE PROFESIONES, DELITO DE (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 540
Si el acusado se anunciaba al público como simple agente de negocios jurídicos e intervenía como tal, en los litigios en que eran solicitados sus servicios; pero no se hacía parecer como abogado titulado, ni engañaba al público respecto de que tuviera esa calidad profesional, no puede considerarse que concurran los elementos constitutivos del delito de usurpación de profesiones, que prevé la fracción II del artículo 247 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla y que son los siguientes: carencia del título legal para ejercer la profesión; ejercicio de actos propios de la misma profesión, y atribuirse el carácter de profesionista.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1430/46. Cilia Victorio M. 19 de enero de 1948. Mayoría de tres votos. Ponente: Fernando de la Fuente.