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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302303
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 563
TRABAJO, CONFESION EN EL PROCEDIMIENTO DE, NO ES SUPLETORIO EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, TRATANDOSE DE ELLA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 563
La Ley Federal del Trabajo tiene sus propios preceptos para el desahogo de pruebas, entre ellos, el relativo a la confesión, por lo que no tiene aplicación supletoria el artículo 323 del Código de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2596/42. Canto Irigoyen Graciela. 19 de enero de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Mariano Ramírez Vázquez. La publicación no menciona el nombre del ponente.