Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/302309
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302309
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 583
CLASIFICACION DEL DELITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 583
El error cometido en la clasificación del delito, al dictarse la formal prisión, no es fundamento legal para decretar el amparo contra el auto que la decretó; y con ello no se viola la garantía que consagra el artículo 19 constitucional, ya que éste previene que el proceso se seguirá por el delito o delitos señalados en el auto de formal prisión, sin que la palabra "delito" se refiera precisamente a la clasificación hecha, sino al acto o conjunto de actos integrantes de la figura delictiva, por lo que, fijados esos hechos con las circunstancias del caso, se llena el fin legal de que el procesado pueda defenderse ampliamente, tanto más, cuanto que el Ministerio Público puede, con base en los hechos fundatorios del auto de formal prisión, adoptar la clasificación adecuada, al presentar sus conclusiones acusatorias.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5036/47. García Serrano Arcadio. 21 de enero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.