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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 587
BUENA CONDUCTA PARA LOS EFECTOS DE LA CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 587
Si el quejoso fue examinado por los peritos médicos, que dictaminaron que es un toxicómano habitual, es obvio que se trata de una persona que no observa buena conducta y a la que por tal consideración no procede darle el beneficio, en los términos del artículo 90 del Código Penal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5231/47. Hernández González José. 21 de enero de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.