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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302319
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 636
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 636
Es impertinente alegar como agravio contra el auto de formal prisión, que mientras no se resuelva en un juicio civil si existe, o no, la simulación de un contrato, la autoridad penal no está en aptitud de poder dictaminar si existen, o no, elementos que hagan presumir la comisión del delito de fraude, pues si en el juicio civil se ha denunciado la falsedad de la escritura relativa, eso significa la denuncia de un hecho violatorio de la ley penal, cuya investigación es de orden público y preferente, por lo mismo, a la tramitación de cualquier acción civil; de otra manera, resultaría que la persecución de algunos delitos quedaría supeditada a la voluntad de particulares, y que bastaría que éstos no hicieran promoción alguna para que la averiguación de esos delitos quedara paralizada indefinidamente, en apoyo de esta tesis, está lo dispuesto por el artículo 334 del Código de Procedimientos Civiles de Oaxaca, que en esencia dice: que cuando se denuncie la falsedad de un documento que pueda ser de influencia notoria en el pleito, se observarán las disposiciones del Código de Procedimientos Penales, y que las partes no alegarán, sino hasta que se decida sobre la falsedad por autoridad competente, que naturalmente es la autoridad penal, y por tanto, es absurdo pretender que esa autoridad actúe hasta que se resuelvan las cuestiones civiles pendientes.
Precedentes
Amparo penal en revisión 133/47. Sada Federico F. y coagraviado. 22 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.