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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1240
FRAUDE, CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1240
Si un abogado con autoridad ha defendido a determinada persona de una acusación de fraude, no es creíble que se preste de buena fe a redactar documentos en los que se hable de operaciones fabulosas y que sirvieron para cometer el delito de fraude, pues la defensa anterior por el delito de cualquiera índole, debió poner en guardia a dicho abogado, ya que lo colocó en aptitud de conocer las tendencias criminales de su ofendido y prever que con los nuevos actos, se trataba de ejecutar el delito.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4069/45. Cantarel Manuel y coagraviados. 18 de febrero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.