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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302383
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1333
JUECES COMUNES, ACTUACIONES DE LOS, EN AUXILIO DE LA JUSTICIA FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1333
La autoridad que haya concedido una suspensión en amparo, en auxilio de la Justicia Federal, está facultada legalmente para resolver respecto de la solicitud del quejoso, en el sentido de que se prevenga a la responsable, que respete la suspensión concedida, ya que está actuando precisamente en auxilio de la Justicia Federal.
Precedentes
Queja en amparo penal 612/47. Jiménez Herrera Pedro. 21 de febrero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.