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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302387
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1368
DEFENSA DEL HONOR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1368
El artículo del Código Penal que se refiere al homicidio cometido por razón de infidelidad conyugal, no es aplicable al homicida que mata al sorprender en su acto de infidelidad a su amante, toda vez que la ley se refiere a cónyuges y por cónyuge debe entenderse al esposo o esposa, según su connotación jurídica; máxime, si en el caso no aparecen las condiciones que prevé dicho precepto, es decir, que el agente sorprenda a su cónyuge en el acto carnal o próximo a su consumación, entendiéndose por sorpresa, la revelación repentina de un acto inesperado para el propio agente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8966/47. Velázquez Lugo Francisco. 23 de febrero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.