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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302398
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1536
VIOLACION, DELITO EQUIPARABLE A LA (LEGISLACION DE SONORA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 1536
Existe el delito equiparado a la violación y se comprueba la responsabilidad del acusado, si dentro de un sistema lógico y jurídico, los elementos probatorios conducen necesariamente a establecer, por su estrecha relación de causalidad con la verdad que se busca, que el acusado tuvo cópula con en menor impúber, pues en tales condiciones, se justifica la aplicación del artículo 170 del Código Penal del Estado de Sonora, que estatuye que "se equipara a la violación y se castigará con prisión de cuatro a ocho años, la cópula con impúber o con personas privadas de razón o de sentido, o que por cualquier causa no puede resistir".
Precedentes
Amparo penal directo 3874/47. Salazar Contreras Héctor. 28 de febrero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.