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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302487
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 381
CONDENA CONDICIONAL, BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR PARA LOS EFECTOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 381
Si bien es verdad que la buena conducta no se identifica con la carencia de antecedentes penales, también lo es que solamente acciones moral o socialmente punibles constituye la mala conducta, de tal suerte que mientras no se pruebe por el Ministerio Público, la existencia de esas acciones, debe presumirse la buena conducta; y el modo honesto de vivir también debe tenerse por probado, aun sin prueba especial para justificarlo, con tal que aparezca de la declaración del procesado al dar sus generales, y que esa declaración esté corroborada por otros datos.
Precedentes
Amparo penal directo 2777/47. Huitrón González Carlos. 16 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.