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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302499
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 460
TURISTAS, SERVICIO DE INFORMACION A LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 460
Siendo el servicio de información y atención general a los turistas, un servicio público, destinado a facilitar a los turistas todos los datos necesarios para que sin dificultad alguna puedan ocurrir y aprovechar en su viaje de recreo, lo que estimen más conveniente, es claro que ese servicio no puede dejarse en manos de personas que tal vez no tengan el sentido de responsabilidad necesario para satisfacer el servicio, por no estar controladas debidamente, de manera que la suspensión no debe ser concedida para que los quejosos funcionen a su antojo, proporcionando informes a los turistas, pues ello puede afectar el interés general, que está vinculado a fomentar el turismo, por las ventajas que éste puede traer no solamente en lo social y económico, para la Nación, sino también para el prestigio de la misma.
Precedentes
Amparo penal. Revisión en el incidente de suspensión 5321/47. Delgado Garza Pedro y coags. 18 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.