Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/302522
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302522
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 591
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 591
Si el reo, al intervenir en los hechos, no lo hizo en defensa de otra persona, puesto que todavía no se producía ninguna agresión, de la que fue víctima él mismo, debió haberla previsto, al aceptar mediar en el disgusto, circunstancia que imposibilita que opera la excluyente de legitiman defensa.
Precedentes
Amparo penal directo 3711/47. Carreón Calzada José. 23 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.