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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302552
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 974
ROBO, RESPONSABILIDAD EN EL (ENCUBRIMIENTO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 974
La participación del reo en los hechos de que se trata, no es sólo la participación de un comprador de objetos robados, sino la de verdadero participante del delito de robo cometido, si convino en comprar los objetos cuando aún no se lograba su substracción, o sea en el principio de la comisión del delito, y si aunque, llegaron a la entrega de los mismos objetos, en rigor no lograron la consumación total del apoderamiento, en virtud de que el robo fue descubierto, ello quiere decir que en el caso tiene aplicación lo dispuesto en el artículo 13 del Código Penal, ya que la conducta del mismo, viene a constituir la cooperación a que se refiere dicho precepto, en la consumación del delito, y no la compra simple de objetos robados que, como delito de encubrimiento específico, prevé la fracción III del artículo 400 del mismo ordenamiento.
Precedentes
Amparo penal directo 7708/45. López Carcaño Eleuterio. 7 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.