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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1000
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1000
Si bien es cierto que una autoridad residente dentro de la jurisdicción de uno de los jueces contendientes no rindió su informe justificado y, por tal motivo, existe la presunción de ser cierto el acto que se le atribuye, tal presunción no prevalece contra la evidencia que se desprende de los informes rendidos por las autoridades residentes en diversa jurisdicción y de los que claramente aparece que se libro la orden de aprehensión reclamada y que trata de ejecutarse dentro de ese diverso territorio jurisdiccional.
Precedentes
Competencia 96/47, suscitada entre los Jueces de Distrito en el Territorio Norte de la Baja California y en el Estado de Sonora. Reséndiz Murrieta Héctor. 8 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.