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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302567
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1033
PRUEBAS EN EL PROCESO, DESECHAMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1033
La actitud del juzgador al desechar una prueba ofrecida, no causa agravio al quejoso, si aun admitiendo que otras personas incurrieron en responsabilidad, que es lo que con dicha prueba se quiere evidenciar, esta responsabilidad no exime al reo de la en que incurrió.
Precedentes
Amparo penal directo 8442/41. Navarrete Rosales Vicente. 10 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.