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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302588
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1165
AUTORIDADES EJECUTORAS, REVISION INTERPUESTA POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1165
Si el juez de distrito no ha estimado inconstitucional la intervención de la autoridad meramente ejecutora, aun cuando en la demanda de amparo se objeten los procedimientos mismos de ejecución, resulta claro que ésta no puede, en estas condiciones, alegar agravios que se dirigen a sostener una resolución de la que no es responsable.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5982/47. Hernández García Rosendo. 14 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.