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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302602
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1279
FALSEDAD EN DECLARACIONES JUDICIALES, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1279
Si una persona, sin tener el carácter de testigo, sino el de fiadora, fue examinada bajo la protesta de decir verdad y faltó a ésta, al ostentarse como propietaria de una finca que no le pertenece, en perjuicio del verdadero propietario, tanto ella como quien con el carácter de defensor concibió preparar y contribuyó a la realización de la suplantación de que se viene hablando, resultan criminalmente responsables del delito de falsedad en declaraciones judiciales previsto en la fracción IV del artículo 247 del Código Penal, pues respecto de dicho defensor, se está en presencia de un acto de coparticipación delictuosa regida por el artículo 13 de dicho código.
Precedentes
Amparo penal directo 6107/44. Sánchez Rodríguez Néstor. 19 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.