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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302616
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1291
PRUEBA PERICIAL EN EL PROCESO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1291
El hecho de que no se haya llevado a cabo una prueba pericial inmediatamente después de que se cometió el crimen, no autoriza a considerarla ineficaz, pues, de haber sido así, los mismos médicos que emitieron su dictamen habrían expresado su imposibilidad para concluir científicamente las condiciones en que estaba el infractor cuando lesionó, y más, si lejos de haber expresado esa imposibilidad, los facultativos ni siquiera aluden a ella y apoyaron su opinión en datos tanto provenientes de la investigación, como de los antecedentes patológicos del procesado.
Precedentes
Amparo penal directo 4309/44. Rodríguez Wattson Angela. 19 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.