Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/302618
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302618
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1309
PERITOS EN EL PROCESO (EMPLEADOS DEL OFENDIDO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1309
Si los peritos expresaron ser empleados particulares al servicio de la empresa que se dice ofendida, esta circunstancia, aun cuando por sí sola no tenga fuerza bastante para invalidar el juicio pericial de referencia, sí lo afecta, atendiendo a que es de explorada doctrina, que los peritos no son sino testigos de calidad, y por ende, sus emisiones deben ser hechas en condiciones que revelen una absoluta independencia de criterio y que no las vuelvan sospechosas de parcialidad.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3664/47. Güereña Almada Ignacio. 19 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.