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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302637
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1372
PRUEBAS, OPORTUNIDAD PARA ESTUDIARLAS (AUTO DE FORMAL PRISION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1372
Aun cuando el informe justificado contenga elementos que pudieran apreciarse que contrarían los de cargo, sin embargo no es en el momento de dictar el auto de formal prisión, cuando debe hacerse el balance de las pruebas antagónicas, pues esto es materia que debe preservarse a la sentencia definitiva, y basta que existan elementos que hagan probable la responsabilidad, para que el mandamiento se ajuste a las prevenciones del artículo 19 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8695/46. Escobar de Chávez María Inés y coaga. 21 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.