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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302666
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1570
CONDENA CONDICIONAL, FIANZA PARA GOZAR DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1570
Si se le ha fijado al quejoso un plazo para otorgar la fianza para gozar de la condena condicional, en vez de perjudicarlo, este plazo indiscutiblemente que le beneficia, pues es evidente que si un reo quiere gozar de tal beneficio, debe otorgar la fianza inmediatamente que cause ejecutoria la sentencia que lo condenó.
Precedentes
Amparo penal directo 2693/43. Salvador Nava Rodríguez. 28 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.