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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1601
LIBERTAD PERSONAL, RESTRICCION DE LA (MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1601
Si en concepto del recurrente, el importe de la caución que se fijó para que surtiera efectos la suspensión, es excesivo, y el plazo concedido para su presentación ante el juez instructor es insuficiente o corto, debe interponer el recurso de revisión contra el punto resolutivo correspondiente de la interlocutoria sobre suspensión definitiva, y no pretender que el mismo juez lo modifique.
Precedentes
Queja en amparo penal 543/47. Enrique Rueda Coppel. 29 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.