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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302675
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1615
PRESENTACION DEL REO POR SU FIADOR (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1615
El artículo 374 del Código de Procedimientos en materia de Defensa Social del Estado, previene que el Tribunal podrá otorgar a un tercero que haya constituido fianza, un plazo hasta de treinta días para que presente al reo, y el vocablo "hasta" contenido en esta disposición legal, está indicando que el Tribunal tiene facultad para señalar un plazo menor de esos treinta días, cuando así lo juzgue conveniente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8635/46. Melo José María. 1o. de diciembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.