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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302700
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1830
EXCUSAS. SUSPENSION IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1830
Si un juez se excusó y el recurrente, no conforme con ello, pidió la revocación del acuerdo relativo, la que se le desecho, de concederse la suspensión de ese desechamiento, tendría que paralizarse el proceso, mientras se decidiera en el amparo si es ilegal la excusa propuesta y esto es contra el orden público, que está vinculado en el interés general que existe en la pronta decisión de los litigios.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 7439/47. Fernández Máximo. 8 de diciembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente