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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302702
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1881
ROBO, COMPROBACION DEL DELITO DE (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI Y DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1881
Para la comprobación del delito de robo, no es necesaria la comprobación de todos los extremos que exige el artículo 154 del Código Penal de San Luis Potosí, y los correspondientes del Código del Distrito Federal, pues basta para tal efecto, la comprobación de los extremos de cualquiera de las fracciones que constituyen el citado precepto por tener cada una de ellas, elementos que, justificados legalmente en autos, comprueban por sí mismos el cuerpo del delito.
Precedentes
Amparo penal en revisión 366/45. Martínez Guerrero J. Cruz. 21 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortíz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.