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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1887
AGRAVIOS, DEFECTOS EN LA EXPRESION DE (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1887
Es inequitativo que una negligencia de defensor se traduzca en un perjuicio evidente para el reo, ocasionándole un auténtico estado de indefensión; este criterio es el que ha venido sustentando la primera sala de la suprema corte, en todos aquellos casos en que la expresión de agravios del reo o su defensor, es defectuosa y aun en aquellos en que falta totalmente, en cuyo caso se ha proveído el amparo para que el tribunal de apelación supla la deficiencia de la queja.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7311/45. Rodríguez Catarino. 21 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.