Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/302708
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302708
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1893
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1893
No habiendo elementos contradictorios, la valorización definitiva de las probanzas, legalmente corresponde efectuarla de manera originaria, cuando se dicte sentencia, dado que la Primera Sala de la Suprema Corte ha sostenido que: para dictar el auto de formal prisión, la jurisdicción represiva no está obligada legalmente a efectuar una valorización exhaustiva de las probanzas de autos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1650/45. Castillo Lozano Diego. 24 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.