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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302741
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 248
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO, PROCEDENCIA DE LA SUSPENSION, TRATANDOSE DE INMUEBLES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 248
Aunque es cierto que la jurisprudencia de la Corte se ha orientado en el sentido de que la suspensión es improcedente contra el aseguramiento de los bienes objeto del delito, porque si desaparecieran, se dificultaría la comprobación del mismo, cuando no puedan desaparecer, como acontece en el caso de despojo, en que el objeto del mismo es un inmueble, la suspensión del aseguramiento su puede acordarse. Y su hay riesgo de que pueda disponerse de los productos o plantas existentes en el mismo, existe el medio de lograr el resarcimiento de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse al tercero perjudicado con la fianza que debe exigirse.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 3281/47. Rubio Bernarda y coagraviado. 7 de julio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.