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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302742
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 342
MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 342
La circunstancia relativa a que en la relación de hechos puede existir alguna deficiencia, no implica la ausencia de conclusiones acusatorias por parte de quien constitucionalmente debe formularlas, a menos que se trate de un error que sustancialmente tenga fuerza para modificar la acusación.
Precedentes
Amparo penal directo 1285/47. Martínez Flores Amado. 9 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.