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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302754
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 416
PRUEBA PERICIAL EN EL PROCESO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 416
Si los peritos designados por el Juez, dictaminaron sin tener a la vista objetos que se afirma fueron robados, sin dar ninguna razón sobre el avalúo, limitándose a valorizar todos los objetos que afirman los ofendidos les fueron substraídos; ese documento no podía servir de base para fijar el monto de la sanción.
Precedentes
Amparo penal directo 7497/46. Aguilar Valencia Julián. 10 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.