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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 503
CAREOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 503
Aun cuando aparezcan omitidos los careos entre la quejosa y los testigos de cargo, si aquélla no cuidó de preparar la interposición del amparo por los medios estatuidos en el artículo 161 de la Ley de Amparo, ello hace inoperante el concepto de violación relativo.
Precedentes
Amparo penal directo 2990/46. León Carmen de. 11 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.