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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302770
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 607
MINISTERIO PUBLICO, CARACTER DEL, EN EL PROCESO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 607
En todo procedimiento criminal se distinguen dos fases, una inicial, de investigación previa, encomendada al Ministerio Público, y una segunda fase, que contiene el perfeccionamiento de la investigación y el juicio criminal propiamente dicho, encomendados a la autoridad judicial; y si en esa fase inicial el Ministerio Público seguramente que tiene el carácter de autoridad, con amplias facultades para dirigir a la policía judicial en la investigación que ésta haga para comprobar el cuerpo del delito, ordenando la práctica de las diligencias que juzgue necesarias; consignadas esas diligencias, después de practicadas, al juez que deba conocer del proceso, el Ministerio Público cesa en su carácter de autoridad, para convertirse en parte acusadora en el proceso, con las mismas prerrogativas y obligaciones que se conceden a la otra parte, constituida por la parte acusada, el pedimento del Ministerio Público, como la misma palabra lo indica, no es sino una solicitud que hace este funcionario ante el juez de la causa, e indudablemente esa solicitud no puede tener el carácter de acto de autoridad, aun cuando haya sido acordada de conformidad, por el juez.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5836/46. Lam Rafael. 14 de julio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.